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viernes, 11 de enero de 2013

TRATADO DE MAASTRICHT (1992)


El Tratado de la Unión Europea (TUE), firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, representa la unión normativa y política de los  tratados ya existentes: Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea), denominados pilar comunitario. Añadiendo dos pilares político-jurídicos  más, la política exterior y de seguridad común (o segundo pilar, PESC) y los asuntos de justicia e interior (JAI) o tercer pilar. Dando así lugar a los 3 pilares de la Unión Europea.
 

El Tratado establece una ciudadanía europea que se añade a la ciudadanía nacional (Todo ciudadano en posesión de la nacionalidad de un Estado miembro es también ciudadano de la Unión).Esto confiere a los ciudadanos de la UE nuevos derechos como:

• Derecho de libre circulación y residencia en la Comunidad.

• Derecho a votar y a ser candidato en las elecciones europeas y municipales en el Estado de residencia.

• Derecho a protección diplomática y consular de un Estado miembro distinto del de origen en el territorio de un país tercero en el que Estado de origen no tenga representación.

• Derecho de petición ante el Parlamento Europeo y a presentar una denuncia ante el Defensor del Pueblo Europeo.

El Tratado refuerza las competencias del Parlamento Europeo (se crea un nuevo procedimiento de codecisión, que permite al Parlamento Europeo adoptar actos conjuntamente con el Consejo) y pone en marcha la unión económica y monetaria (UEM) en tres fases consecutivas:

• La primera etapa, que liberaliza la circulación de capitales, comienza el 1 de julio de      1990.

• La segunda etapa comienza el 1 de enero de 1994 y permite la convergencia de las políticas económicas de los Estados miembros.

• La tercera etapa debe comenzar a más tardar el 1 de enero de 1999 con la creación de una moneda única y de un Banco Central Europeo (BCE).

La política monetaria se confecciona con el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), constituido por el BCE y los Bancos centrales nacionales.

 Además, con este Tratado la CEE se convierte en la Comunidad Europea (CE).

 

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